La calidad educativa responde a criterios contextuales evidentes. Quisiera hacer una reflexión sobre los métodos evaluativos institucionales de las propuestas de educación a distancia en los ámbitos de Educación Superior.
Algo que parece indicativo, en el ámbito de la Educación Superior, es la carencia de políticas de evaluación de la educación a distancia que sean análogas a las que se aplican a la educación presencial. Decimos análogas, pero no iguales. Esta circunstancia pone de manifiesto una mirada superficial sobre la educación virtual, que no es un cambio externo respecto de la educación sino que se constituye como la condición de posibilidad de la experiencia educativa mediada como tal por la tecnología. Dicha tecnología ofrece características particulares que requieren consideraciones particulares, diferenciadas claramente de las presenciales. Pero, sin embargo, terminan por licuarse en el discurso institucional al momento de la acreditación.
Por esta circunstancia especial, muchos proyectos que se apoyan en esta innovación tecnológica quedan por fuera de la acreditación de las agencias (CONEAU) y, por lo tanto, por fuera de la ley. Se requiere de un método neutral. No sólo atender a la metodología aplicada en la modalidad, diversa de la modalidad presencial, sino también considerar los resultados alcanzados, que son análogos a los de la oferta presencial. De esa manera, una herramienta de evaluación institucional debe establecerse sobre una base objetiva y no en falsos prejuicios establecidos por una comparación injuriosa entre el surgimiento de la educación a distancia con el aprendizaje por correspondencia y las actuales innovaciones tecnológicas con los sistemas virtuales de enseñanza-aprendizaje. Evitar dogmatismos es la clave para establecer políticas útiles de educación tanto en el ámbito presencial como a distancia.
martes, 27 de octubre de 2009
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